Las autorizaciones de CB en España pasan a tener carácter indefinido
El Boletín Oficial del Estado publica hoy la orden IET/1311/2013, de 9 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados. Este reglamento, que entrará en vigor mañana, es ajeno al servicio de Banda Ciudadana pero en su disposición final primera introduce una modificación que afecta a éste último y señala lo siguiente:
El apartado 3 del artículo 4 del Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico de la banda ciudadana CB-27, aprobado por Orden ITC/4096/2006, de 28 de diciembre, modificada por Orden ITC/751/2010, de 22 de marzo, queda redactado como sigue: “3. Las autorizaciones CB-27 tienen carácter indefinido y conservarán su vigencia mientras su titular no manifieste su renuncia.“